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29 Jun · Banxico · USD
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Avanza en el Senado reforma laboral para ampliar días de vacaciones de seis a 12 días

La Comisión del Trabajo y Previsión Social del Senado aprobó el dictamen con proyecto de decreto que reforma la Ley Federal de Trabajo para aumentar de 6 a 12 días de vacaciones por año en México a partir del primer año cumplido.

El proyecto de dictamen con 11 votos a favor establece que los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas que no podrá ser inferior a 12 días laborables, y aumentará dos días, hasta llegar a 20, por cada año subsecuente de trabajo.

A partir del sexto año de servicios, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de trabajo.

Años laborados Días de vacaciones
1 12
2 14
3 16
4 18
5 20
De 6 a 10 22
De 11 a 15 24
De 16 a 20 26

 

En el proyecto de dictamen también se modifica el artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo para establecer que las personas trabajadoras deberán disfrutar en forma continua 12 días de vacaciones por lo menos.

Ahora, el dictamen se envió a la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, donde tendrá que ser aprobada también, para ser remitida a la Mesa Directiva del Senado y la ponga a discusión del pleno en próximas fechas.

Durante la discusión, el presidente de la Comisión, Napoleón Gómez Urrutia, reconoció el trabajo de la senadora Patricia Mercado por impulsar este tema. Recordó que México es el país con menos días de vacaciones en Latinoamérica, pues en Perú, Cuba, Nicaragua los trabajadores tienen derecho a 30 días para ello.

Los senadores también avalaron por unanimidad modificar las leyes federales del Trabajo y de los Trabajadores al Servicio del Estado para que patrones otorguen a mujeres permisos de una hora diaria para que den de lactar durante los primeros seis meses y hasta avanzado el segundo año de edad de los menores.

Además, de ello, se establece que los patrones garantizarán espacios dignos, adecuados, privados, higiénicos y accesibles para adecuarlos como salas de lactancia materna.

También queda prohibido a los patrones o a sus representantes despidan a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por ejercer los periodos señalados por la ley para lactar a sus hijos e hijas, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores.

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